Como su propio nombre indica, la filosofía del derecho es filosofía: es una parte, rama o especie del saber filosófico. Se trata, pues, de la visión filosófica del derecho, del análisis y comprensión del derecho por parte de la filosofía. La filosofía es una reflexión, una vuelta al fenómeno (al fenómeno del derecho en el caso de la filosofía jurídica), para alcanzar una comprensión más profunda y racional (una intelección) de ese mismo fenómeno que es el contenido de una experiencia previa. Pero la experiencia de la que parte y sobre la que reflexiona la filosofía jurídica no es sólo la experiencia del jurista, del profesional del derecho, sino la experiencia común que, en general, todo ciudadano tiene del derecho en virtud de las acciones y relaciones que constituyen su vida social. Lo mismo cabe decir de las distintas experiencias humanas sobre las que versan otras ramas de la filosofía, como la filosofía política, la filosofía del arte, de la ciencia, de la historia, etc. El problema inicial con el que se topa la filosofía jurídica, al igual que otras ramas de la filosofía, es cómo delimitar la experiencia que constituye su punto de partida, ya que el criterio de esta delimitación no se encuentra en una particular condición subjetiva (jurista, político, artista) que, en el fondo, no es más que una parte de esa misma experiencia. Afirmar que la filosofía del derecho comienza por alguna forma de identificación empírica de su objeto, equivale a afirmar que esta disciplina comienza con alguna precomprensión, común y no reflexiva, del derecho. Pero, si la filosofía jurídica busca transformar esa precomprensión en una comprensión formal, reflexiva y precisa, entonces, la filosofía jurídica tiene también una función crítica y correctiva acerca de la misma experiencia de la que parte, pues el esclarecimiento de esa inicial precomprensión del derecho comporta necesariamente una mejor identificación, caracterización y delimitación de la misma experiencia jurídica.